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Consiguientemente, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a las normas legales en vigencia, no se observa violación de norma legal alguna y al contrario se realizó una correcta valoración y apreciación de la prueba adjunta al proceso, como la interpretación y aplicación de las normas legales citadas, sin haber incurrido en las violaciones acusadas en el recurso, por consiguiente corresponde resolver conforme previene el art. 273 del Cód. Pdto. Civil, aplicable en la materia en virtud a la norma remisiva contenida en el art. 252 del Cód. Proc. Trab
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