- AUTO SUPREMO Nº 573 Social Sucre, 08 de noviembre de 2010
- PARTES: Guido Flores Montalvo c/ Empresa SIRTI BOLIVIA S.A
- Contra la citada Sentencia, la parte demandada interpone recurso de apelación en los términos del
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del
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- Concluye solicitando que este tribunal Case el Auto de Vista y declare improbada la demanda,
- CONSIDERANDO II: Que analizado el contenido del recurso, las normas acusadas de infringidas y demás
- Consecuentemente el demandado no ha desvirtuado ni demostrado correctamente lo sindicado por parte del actor,
- Consiguientemente, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del abogado, en Bs
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
