Auto Supremo AS/0596/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0596/2010

Fecha: 09-Nov-2010

En cuya concordancia, el art


En cuya concordancia, el art. 100 de la referida norma legal refiere que: "Se presume la acción de defraudar cuando:

1º) Se adopten conductas, formas, modalidades o estructuras jurídicas manifiestamente inadecuadas para configurar la efectiva operación gravada y ello se traduzca en apreciable disminución del ingreso tributario." (...)

Aspectos estos que se encuadran perfectamente a la conducta realizada por la entidad demandante