Deducida la apelación interpuesta por parte del actor (fs
Deducida la apelación interpuesta por parte del actor (fs. 79-80), la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante Auto de Vista Nº 296/2007 de fecha 29/9/2007, cursante de fs. 91-92 CONFIRMA la Sentencia apelada
- AUTO SUPREMO Nº 604 Social Sucre, 16 de noviembre de 2010
- CONSIDERANDO I:Que, tramitada la demanda, la Jueza Partido del Trabajo y Seguridad Social de Quillacollo
- Deducida la apelación interpuesta por parte del actor (fs
- Contra esta decisión, la parte actora interpuso el Recurso de Casación en el Fondo y
- Por lo que, expresan: "(
- CONSIDERANDO II: Que, a efecto de resolver el recurso arriba descrito, ingresando previamente a su
- Destacándose una vez además en sus alegacionesla falta de especificidad para identificar con términos claros,
- En base a ello, corresponde destacar la ausencia de la especificidad y consistencia en la
- Por lo que, conforme lo establecen la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en
- De tal manera, ambos recursos enunciados por el recurrente, tanto en el fondo como en
- En mérito a lo expuesto, al respecto corresponde dar aplicación los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
