Auto Supremo AS/0604/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0604/2010

Fecha: 16-Nov-2010

Por lo que, conforme lo establecen la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en


Por lo que, conforme lo establecen la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los Tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, debiendo estar debidamente identificadas en las causales señaladas en el art. 253 de la citada norma, mientras que el recurso de casación en la forma se funda en los errores "in procedendo", referidos a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, están especificadas en el art. 254 del mismo Cód. Proc. Civ