Contra ésta decisión, el actor interpuso el Recurso de Casación en la Forma y en
Contra ésta decisión, el actor interpuso el Recurso de Casación en la Forma y en el Fondo de fs. 356-358, alegando que:
1º. En la Forma, acusan infracción de los arts. 79, 201 y 209 del Código Procesal del Trabajo, al haber sido dictada la Sentencia con pérdida de competencia y añaden además que, lo mismo ocurre con el Auto de Vista recurrido; debiendo ambos fallos haberse pronunciado en el plazo máximo de 10 días. En ese sentido piden se anule obrados hasta el vicio más antiguo o sea hasta el estado de dictarse nueva Sentencia por el Juez competente, o en su caso nuevo Auto de Vista y sea con los apercibimientos de ley
- AUTO SUPREMO Nº 615 Social Sucre, 16 de noviembre de 2010
- CONSIDERANDO I: Que, tramitada la demanda, la Jueza 1ª de Partido del Trabajo y Seguridad
- Deducida la apelación, interpuesta por la entidad demandada (fs
- Contra ésta decisión, el actor interpuso el Recurso de Casación en la Forma y en
- 2º
- Expresando además los recurrentes que, resulta inaudita la Certificación de fs
- Concluyen solicitando la concesión del presente recurso ANULANDO obrados 0hasta el vicio más antiguo o
- CONSIDERANDO II:Que, a efectos de resolver el recurso de casación planteado, ingresando a su análisis
- Asimismo, respecto a la alegación de nulidad del Auto de Vista recurrido por haber sido
- Es así que, en base a las consideraciones formales arriba expuestas corresponde dejar claramente establecido
- Ahora bien, respecto a la falta de rendición de cuentas de los dineros que el
- Consecuentemente, esta Corte Suprema considera que la decisión tomada por los de Instancia, es soberana
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
