Auto Supremo AS/0642/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0642/2010

Fecha: 16-Nov-2010

Por lo referido, se concluye que no existe la violación de los arts


Por lo referido, se concluye que no existe la violación de los arts. 3 inc. j), 44, 47, 150, 151,153, 154 y 159 del Cód. Proc. Trab., porque se ha demostrado que existencia una relación laboral, conforme exigen los arts. 1, 43 y 44 de la L.G.T. y por último, se establece que tampoco es evidente la denunciada violación de los arts del art. 424 del Cód. Proc. Civ., 166 y 167 del Cód. Proc. Trab., porque, conforme consta en obrados, es evidente que la demandante no se hizo presente a objeto de absolver el interrogatorio en la audiencia de confesión a la que fue deferida