CONSIDERANDO I: Que tramitada la demanda, la Juez de Trabajo y Seguridad Social de El
DISTRITO: La Paz
PARTES: Rudy Rojas Fernández c/ Empresa Municipal de Aseo El Alto
VISTOS: El recurso de casación de fs. 149-151 vlta., interpuesto por RUDY ROJAS FERNANDEZ, contra el Auto de Vista 110/2007 SSA.II, de 30 de abril de 2007, cursante a fs. 146 y vlta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso laboral sobre cobro de Beneficios Sociales, instaurado por el ahora recurrente, contra la EMPRESA MUNICIPAL DE ASEO EL ALTO "EMALT.", los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitada la demanda, la Juez de Trabajo y Seguridad Social de El Alto, pronunció la Sentencia Nº 11/2005, de 15 de enero de 2005, cursante a fs. 114-116, declarando IMPROBADA la demandade fs. 13-14 de obrados
- AUTO SUPREMO Nº 651 Social Sucre, 16 de noviembre de 2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitada la demanda, la Juez de Trabajo y Seguridad Social de El
- Deducida la apelación por parte del demandante, la Sala Social y Administrativa Segunda de la
- Contra ésta decisión, el actor interpuso el recurso de casación, a fs
- Señala que el proceso penal en el que se funda la consideración laboral no ha
- Que la Sentencia 110/2007 no es nada clara y especula sobre sus fundamentos
- Concluye solicitando se anule obrados
- CONSIDERANDO II: Que, conforme ha establecido la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de
- Corresponde resaltar "La Influencia del tiempo en el derecho procesal", teniendo en cuenta que el
- Los plazos responden a razones de seguridad y certeza en el desarrollo del trámite permitiendo
- Como dice Hugo Alsina, el proceso es un conjunto de actos, de procedimientos ejecutados por
- Bajo estas prerrogativas, se concluye que los plazos procesales pueden computarse por día, así como
- En materia laboral este plazo se encuentra instituido en el art
- Como se podrá advertir, en ambos casos se establece de manera precisa el momento procesal
- Consiguientemente, a la luz de los fundamentos anteriormente expuestos, se infiere que el plazo para
- En autos, de la revisión de obrados, se establece que el recurso de casación de
- Extraña de sobre manera que el tribunal de alzada, hubiese concedido indebidamente el recurso, y
- Que, en ese marco legal, se concluye que la competencia de este Tribunal no se
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 16 de noviembre de 2010
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
