Auto Supremo AS/0653/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0653/2010

Fecha: 16-Nov-2010

Si bien el art


Si bien el art. 157 del Cod. Especial de la materia establece que aún vencido el término probatorio y dentro del plazo para dictar sentencia, el juez podrá acordar para mejor proveeer la practica de cuantas pruebas estime necesarias, pero en el presente caso el Juez recepcióno pruebas testificales y confesorias hasta el 18 de octubre de 2004, plazo fenecido de los 10 días señalados en el art. 201 del Cod. Proc. Trab., sin el actuado que corresponde