CONSIDERANDO I: Que planteada la demanda de pago de beneficios sociales, la Juez de Partido
VISTOS: El recurso de casación de fs. 153-154, interpuesto por Juan Carlos Peña Fernández en representación legal de Milton Peña Fernández, contra el Auto de Vista Nº 099 de 22 de marzo de 2007 de fs. 149-150, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de la ciudad de Santa Cruz, dentro del proceso laboral seguido por Bacilio Quenta Mamani, contra el recurrente, la respuesta de fs. 157, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que planteada la demanda de pago de beneficios sociales, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 100 de 8 de diciembre de 2006 de fs. 81-83, declarando probada en parte la demanda de fs. 10-11 y complementación de fs. 13 y ordenó a Milton Peña Fernández pague al actor la suma de Bs. 33.263,86 por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo y vacación, con costas
- PARTES: Bacilio Quenta Mamani c/ Juan Carlos Peña Fernández
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que planteada la demanda de pago de beneficios sociales, la Juez de Partido
- En grado de apelación por Auto de Vista Nº 099 de 22 de marzo de
- Fallo que motivó el recurso de casación, en el que acusa al auto de vista
- En suma, pide que se case el auto de vista, con costas
- CONSIDERANDO II: Que del análisis de los fundamentos del recurso, el contenido del auto de
- Este aspecto se compulsa del documento o certificación (fs
- En lo que corresponde a la violación de los arts
- Desde el punto de vista normativo, es necesario puntualizar que la prueba en su sentido
- De acuerdo a la uniforme jurisprudencia de este tribunal, cuando se denuncia la errónea apreciación
- La errónea interpretación de la ley, dentro del aspecto doctrinal se entiende como una operación
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
