En grado de apelación por Auto de Vista Nº 099 de 22 de marzo de
En grado de apelación por Auto de Vista Nº 099 de 22 de marzo de 2007 de fs. 149-150, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, confirmó en todas sus partes, la sentencia apelada, con costas
- PARTES: Bacilio Quenta Mamani c/ Juan Carlos Peña Fernández
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que planteada la demanda de pago de beneficios sociales, la Juez de Partido
- En grado de apelación por Auto de Vista Nº 099 de 22 de marzo de
- Fallo que motivó el recurso de casación, en el que acusa al auto de vista
- En suma, pide que se case el auto de vista, con costas
- CONSIDERANDO II: Que del análisis de los fundamentos del recurso, el contenido del auto de
- Este aspecto se compulsa del documento o certificación (fs
- En lo que corresponde a la violación de los arts
- Desde el punto de vista normativo, es necesario puntualizar que la prueba en su sentido
- De acuerdo a la uniforme jurisprudencia de este tribunal, cuando se denuncia la errónea apreciación
- La errónea interpretación de la ley, dentro del aspecto doctrinal se entiende como una operación
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
