Auto Supremo AS/0518/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0518/2010

Fecha: 08-Dic-2010

2.- Resolviendo el recurso de casación en el fondo, se establece lo siguiente


2.- Resolviendo el recurso de casación en el fondo, se establece lo siguiente:

a) Ciertamente los documentos de fs. 195-196, 217-218 y 271, demuestran la transferencia de la marca y bienes muebles de la Empresa Unipersonal MAHS y la posterior constitución de la sociedad MAHS S.R.L., sin embargo, estas pruebas, definitivamente no desvirtúan la existencia de la relación laboral entre la sociedad ahora demandada y el actor, quien mediante la certificación cursante a fs. 2, emitida por el actual recurrente, demuestra que mantuvo una relación laboral desde el 7 de enero de 1998 y si bien se realizó una transferencia de la marca y de varios bienes, en julio 2003 y se constituyó la sociedad MAHS S.R.L. en agosto de 2003, se aplican las normas de la sustitución de patronos previsto por el art. 11 de la L.G.T., implicando con ello que la empresa demandada, asumió todas las obligaciones laborales de la empresa unipersonal adquirida, implicando con ello que no es evidente la denunciada errónea interpretación de los arts. 1289 y 1297 del Cód. Civ., 397, 398, 399 y 400 del Cód. Pdto. Civ