e) Finalmente, denuncia que se incurrió en errónea aplicación del art
e) Finalmente, denuncia que se incurrió en errónea aplicación del art. 49 de la L.G.T., porque no correspondía asignar el pago de la prima de Bs. 8.000 por la gestión 2004 y Bs. 3.888,88 en duodécimas por la gestión 2005, considerando la remuneración de $us. 1.000, porque conforme se demostró por los Balance Generales que cursan a fs. 275 y 114 a 118, de las gestiones 2003 y 2004, la empresa si bien tuvo utilidades empero el importe no cubre el porcentaje previsto por la aludida norma para cancelar una prima completa, por ello es que se debió distribuir a prorrata entre todos los empleados
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulado por Anahi Cecili Cacic Casal, en representación de la empresa
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de
- En el fondo: a) Que se incurrió en errónea interpretación de los arts
- b) Denunció también que se aplicó erróneamente los arts
- c) Afirma que se aplicó erróneamente el art
- d) Menciona que se aplicaron erróneamente los arts
- e) Finalmente, denuncia que se incurrió en errónea aplicación del art
- Concluyó solicitando que se case la sentencia recurrida declarando improbada la demanda
- CONSIDERANDO II: Que, así formulado el recurso, previa revisión minuciosa de los antecedentes del proceso,
- Analizando la resolución de vista, objeto del presente recurso, se advierte que el tribunal de
- 2.- Resolviendo el recurso de casación en el fondo, se establece lo siguiente
- b) Los documentos de fs
- c) Tampoco es evidente que se hubiese aplicado erróneamente el art
- d) Es verdad que las planillas de fs
- e) Por último, revisando los folios que indica el recurrente se concluye lo siguiente: Respecto
- Respecto de la gestión 2004, ciertamente las fotocopias simples de fs
- 4
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional del Abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Esteban Miranda Terán
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
