CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 466-470 vta., interpuesto por Mario Alfonso Hernández Sir, en representación de la Empresa de Publicidad Mahs S.R.L., contra el Auto de Vista Nº 092 de 15 de marzo de 2007, emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz (fs. 449-451), dentro del proceso laboral sobre pago de beneficios sociales seguido por Carlos Benigno Saavedra Romero, contra la empresa del recurrente, la respuesta de fs. 498-499, el auto que concede el recurso de fs. 500, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 85 de 5 de septiembre de 2006 (fs. 415-417), por la que declaró probado en parte el derecho demandado, con costas e improbada la excepción de prescripción, ordenando que la empresa demandada a través de su representante legal Mario Alfonso Hernández Sir, pague a favor del actor Carlos Benigno Saavedra Romero, la suma de Bs. 138.760,02 por desahucio, indemnización, aguinaldo por dos gestiones doble, vacación dos gestiones, prima, sueldo por un mes y bono de antigüedad por 24 meses, negando por auto de 11 de septiembre de 2006 la solicitud de complementación y enmienda pedida por la parte demandada (fs. 423 y vta.)
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulado por Anahi Cecili Cacic Casal, en representación de la empresa
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de
- En el fondo: a) Que se incurrió en errónea interpretación de los arts
- b) Denunció también que se aplicó erróneamente los arts
- c) Afirma que se aplicó erróneamente el art
- d) Menciona que se aplicaron erróneamente los arts
- e) Finalmente, denuncia que se incurrió en errónea aplicación del art
- Concluyó solicitando que se case la sentencia recurrida declarando improbada la demanda
- CONSIDERANDO II: Que, así formulado el recurso, previa revisión minuciosa de los antecedentes del proceso,
- Analizando la resolución de vista, objeto del presente recurso, se advierte que el tribunal de
- 2.- Resolviendo el recurso de casación en el fondo, se establece lo siguiente
- b) Los documentos de fs
- c) Tampoco es evidente que se hubiese aplicado erróneamente el art
- d) Es verdad que las planillas de fs
- e) Por último, revisando los folios que indica el recurrente se concluye lo siguiente: Respecto
- Respecto de la gestión 2004, ciertamente las fotocopias simples de fs
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional del Abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Esteban Miranda Terán
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
