En cuanto a la violación del art
En cuanto a la violación del art. 17 de la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal es de advertir que dicho precepto tiene que ver con la facultad del juez de girar Pliego de Cargo en relación a las faltas o infracciones cometidas por el funcionario sometido a investigación y que una vez en su conocimiento pueda alegar lo que a su defensa corresponda
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, iniciado el proceso coactivo fiscal, el Juez Segundo de Partido Administrativo, Coactivo
- Apelada esta sentencia por Martha Frida Bascope de Hube, Directora General Ejecutiva del Servicio Nacional
- Fallo que es recurrido en casación en el fondo por la entidad coactivante, en el
- En la parte in fine del petitorio, solicita que se le conceda el recurso para
- CONSIDERANDO II:Que, así planteado el recurso de casación en el fondo de fs
- En cuanto a la violación del art
- El art
- En lo referente al error en la apreciación de la prueba, resultan injustificables los argumentos
- Por esta razón, corresponde resolver el recurso en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas, en aplicación al art. 39 de la Ley Nº 1178
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Esteban Miranda Terán
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
