CONSIDERANDO I: Que planteada la demanda de pago de beneficios sociales, el Juez Segundo de
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 152-156, interpuesto por Juan Alberto Maldonado Meneses en representación legal de Víctor Hugo Montaño Lizarazu, contra el Auto de Vista Nº 181/2007 de 12 de junio de 2007 de fs. 100-101, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de la ciudad de Cochabamba, dentro del proceso laboral seguido por José Luís Canaviri Marza contra el recurrente, la respuesta de fs. 159-161, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que planteada la demanda de pago de beneficios sociales, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió la Sentencia de 19 de noviembre de 2004 de fs. 73-76, declarando probada en parte la demanda de fs. 1-2 y con modificaciones ordena al demandado a pagar al actor la suma de Bs. 10.474,22, por concepto de indemnización, desahucio, vacación, aguinaldo doble, bono de antigüedad, prima, salario devengado y reintegro de salarios, más los reajustes establecidos por el D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que planteada la demanda de pago de beneficios sociales, el Juez Segundo de
- En grado de apelación por Auto de Vista Nº 181/2007 de 12 de junio de
- Este fallo motivo el recurso de casación en la forma y en el fondo
- En la forma, evoca la aplicación del art
- En el fondo, acusa al ad quem de haber incurrido en error de hecho y
- Con esos razonamientos, pide que este tribunal case el auto de vista recurrido y deliberando
- CONSIDERANDO II: Que del análisis de los fundamentos del recurso, el contenido del auto de
- De la revisión de obrados, se evidencia el atinado criterio sostenido tanto por el a
- En materia laboral los jueces de grado, tienen la facultad que les reconoce el art
- En la forma
- Este tribunal comparte el fundamento del tribunal de apelación en cuanto al buen criterio de
- Consiguientemente, corresponde dar cumplimiento a las previsiones contenidas en los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Esteban Miranda Terán
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
