En la forma
En la forma.- El artículo 236 del Código de Procedimiento Civil, establece el marco en el que deberá circunscribirse el auto de vista, de modo que el tribunal de apelación no incurra en extralimitación de sus poderes ni en denegación de justicia, ya sea expidiéndose "ultra petita" o "infra petita". La infracción de esta regla procesal constituye causal de casación en la "forma" con arreglo al art. 254-4) del mismo ritual civil, cuya solución jurídica, conforme se tiene expresado "supra", a excepción de la infundación y la improcedencia, es decir deberá ajustarse a la prescripción del art. 275 del mismo adjetivo civil; de ahí que no corresponde hacer cabida la casación en el fondo por infracción del citado art. 236 por su carácter estrictamente adjetivo. Sin embargo y considerando que en el recurso se cuestiona el criterio legal del tribunal de alzada, en la ponderación de las literales de fs. 22-23 y 30-33, corresponde precisar que, sobre el particular, no se advierten infracciones a las reglas de la sana crítica y la lógica en que hubiere incurrido el tribunal ad quem
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que planteada la demanda de pago de beneficios sociales, el Juez Segundo de
- En grado de apelación por Auto de Vista Nº 181/2007 de 12 de junio de
- Este fallo motivo el recurso de casación en la forma y en el fondo
- En la forma, evoca la aplicación del art
- En el fondo, acusa al ad quem de haber incurrido en error de hecho y
- Con esos razonamientos, pide que este tribunal case el auto de vista recurrido y deliberando
- CONSIDERANDO II: Que del análisis de los fundamentos del recurso, el contenido del auto de
- De la revisión de obrados, se evidencia el atinado criterio sostenido tanto por el a
- En materia laboral los jueces de grado, tienen la facultad que les reconoce el art
- En la forma
- Este tribunal comparte el fundamento del tribunal de apelación en cuanto al buen criterio de
- Consiguientemente, corresponde dar cumplimiento a las previsiones contenidas en los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Esteban Miranda Terán
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
