Auto Supremo AS/0529/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0529/2010

Fecha: 09-Dic-2010

En la forma


En la forma.- El artículo 236 del Código de Procedimiento Civil, establece el marco en el que deberá circunscribirse el auto de vista, de modo que el tribunal de apelación no incurra en extralimitación de sus poderes ni en denegación de justicia, ya sea expidiéndose "ultra petita" o "infra petita". La infracción de esta regla procesal constituye causal de casación en la "forma" con arreglo al art. 254-4) del mismo ritual civil, cuya solución jurídica, conforme se tiene expresado "supra", a excepción de la infundación y la improcedencia, es decir deberá ajustarse a la prescripción del art. 275 del mismo adjetivo civil; de ahí que no corresponde hacer cabida la casación en el fondo por infracción del citado art. 236 por su carácter estrictamente adjetivo. Sin embargo y considerando que en el recurso se cuestiona el criterio legal del tribunal de alzada, en la ponderación de las literales de fs. 22-23 y 30-33, corresponde precisar que, sobre el particular, no se advierten infracciones a las reglas de la sana crítica y la lógica en que hubiere incurrido el tribunal ad quem