Auto Supremo AS/0531/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0531/2010

Fecha: 09-Dic-2010

Que, contra el auto de vista, María Cecilia Terrazas Ustariz, propietaria del Colegio Particular Bolivia,


Que, contra el auto de vista, María Cecilia Terrazas Ustariz, propietaria del Colegio Particular Bolivia, interpuso recurso de casación en el fondo (fs. 98 y vta.), acusando que el tribunal ad quem al emitir el auto de vista recurrido, vulneró el art. 4º del D.S. Nº 229 de 21 de diciembre de 1944, porque el actor incurrió en la infracción del art. 16 incs. e) y g) de la L.G.T. y 9 de su D.R., por haber realizado una mala gestión en los manejos de los recursos económicos del establecimiento y por lo tanto no es acreedor al pago de aguinaldo, también denunció la vulneración del art. 44 de la misma norma legal, así como del D.S. Nº 17288 de 18 de marzo de 1980, D.S. Nº 12059 de 24 de diciembre de 1974 y D.S. Nº 12058 de diciembre de 1974, por haber ordenado el pago de vacación, no correspondiendo el reconocimiento de ese derecho