En grado de apelación formulada por la parte demandada (fs
En grado de apelación formulada por la parte demandada (fs. 87-88), la Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, por Auto de Vista Nº 139/2007 SSA-II de 1 de junio de 2007, cursante de fs. 150-151, confirmó en parte la Sentencia Nº 110/2006 de 8 de septiembre de 2006, de fs. 67-70, disponiendo excluirse de la misma la aplicación del D.S. Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, asimismo modificó el monto por concepto de horas extraordinarias (2 hrs. p/día, más el recargo del 100%) en la suma de Bs. 15.650, en lo demás firme y subsistente
- PARTES: Máximo Quelca Suntura c/ Empresa Dimensión ENASA
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por la parte demandada (fs
- Que contra la resolución de vista de 1 de junio de 2007, el representante legal
- Concluyó solicitando la casación del auto de vista recurrido y, que deliberando en el fondo,
- CONSIDERANDO II: Que así formulado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los
- Que bajo el razonamiento que precede el recurrente no ha demostrado que hubiera error de
- Finalmente es pertinente manifestar que las conclusiones a las que arribaron tanto el juez de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula honorario profesional de abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
