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    Auto Supremo AS/0609/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0609/2010

    Fecha: 06-Dic-2010

    No invocó precedente contradictorio alguno


    No invocó precedente contradictorio alguno
    • CONSIDERANDO: Que, Leandra Cabrera Flores, en su recurso de casación de fs
    • Denuncia que el Auto de Vista incurrió en el defecto previsto en el art
    • Arguye que de igual modo la Sentencia vulneró el art
    • Continúa refiriendo que la Sentencia infringió el principio de presunción de inocencia, por cuanto su
    • No invocó precedente contradictorio alguno
    • Con tales argumentaciones, pide se anule obrados y se devuelva obrados ante la Sala Penal
    • CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la jurisprudencia establecida por el Supremo Tribunal, para la admisibilidad
    • Que, examinados los hechos y antecedentes del caso, se evidencia que el Auto de Vista
    • Del análisis y contenido de la notificación con el Auto de Vista, a Leandra Cabrera
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
    • Dr. Jorge Monasterio Franco
    • Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
    • Libro de Tomas de Razón 4/2010

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