Al respecto, los datos del proceso investigativo, no dan mérito a que la involucrada Sabina
Al respecto, los datos del proceso investigativo, no dan mérito a que la involucrada Sabina Cuéllar Leaños, ex Prefecta de Departamento, sea acogida por el alcance de las normas referidas, por cuanto en el caso de autos: a) el juicio de responsabilidades, aún no fue iniciado y no se esta aún sustanciando la acusación;b) tampoco se encuentra pendiente de aprobación legislativa; c) por lo que es inviable la aplicación de la Ley Nº2445 de 1 de marzo de 2003 y la Ley Nº2623 de 22 de diciembre de 2003, a su favor al estar abrogadas por la vigente Constitución Política del Estado Plurinacional
- CONSIDERANDO: que en el desarrollo de la investigación, la Sala Penal Primera de la Corte
- Que, la Constitución, por ser norma suprema del Estado Plurinacional a diferencia de las demás
- En consecuencia, razonando que la presente causa pendiente de resolución estaba inmersa dentro de lo
- CONSIDERANDO: que impone referirse a la situación jurídica emergente del caso de autos, toda vez,
- En esta misma dirección, la Ley Nº 044 de 8 de octubre de 2010 para
- Al respecto, los datos del proceso investigativo, no dan mérito a que la involucrada Sabina
- Teniendo en cuenta lo expuesto y rescatando el mensaje del legislador, existe la certidumbre de
- CONSIDERANDO: que la competencia es la atribución jurídica otorgada a ciertos órganos del Estado de
- Que, en consecuencia, corresponde resolver el presente caso, actuando conforme a las previsiones y alcances
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en uso de
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 4/2010
