Auto Supremo AS/0689/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0689/2010

Fecha: 18-Dic-2010

CONSIDERANDO: Que, en el caso de autos, de los datos que cursan en obrados, se

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 689 Sucre, 18 de diciembre de 2010

DISTRITO: La Paz

PARTES: Juan Carlos León Justiniano c/Serapio Humérez Camacho

DELITO: Estelionato. (Declara Infundados)

RELATOR: Ministro Dr. Jorge Monasterio Franco

VISTOS:Los Recursos de Casación interpuestos por el querellante, Juan Carlos León Justiniano (fs. 932 a 933) y por el procesado, Serapio Humerez Camacho (fs. 937 a 940), contra el Auto de Vista Nº 02/2009 de 12 de enero de 2009 (fs. 923 a 927 vlta.), pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Juan Carlos León Justiniano contra Serapio Humerez Camacho, por el delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del Código Penal, el Requerimiento Fiscal (fs. 948 a 949)sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas; y,

CONSIDERANDO: Que, en el caso de autos, de los datos que cursan en obrados, se advierte que la Sentencia Nº 106/2007 de 24 de septiembre de 2007 (fs. 863 a 872) emitida por el Juez Segundo de Partido en lo Penal Liquidador del Distrito Judicial de La Paz, declaró al procesado, Juan Carlos León Justiniano, autor del delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del Código Penal, y lo condenó a la pena privativa de libertad de cuatro años de presidio, a cumplir en el Penal de "San Pedro" de la ciudad de La Paz, más el pago de daños civiles y costas a la parte civil y al Estado, a calificarse en ejecución de Sentencia