Auto Supremo AS/SNK/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/SNK/2010

Fecha: 14-Dic-2010

Al margen de estas consideraciones de orden normativo, debe recordarse que una de las características


Al respecto, el procesalista Alberto M. Binder en su obra "El Incumplimiento de las Formas Procesales", pag. 92, textualmente refiere : "La declaración de nulidad responde siempre a un interés concreto y no es otra cosa que una respuesta ante un particular estado de indefensión o bien ante un acto viciado cuya reparación es imposible"

Al margen de estas consideraciones de orden normativo, debe recordarse que una de las características del juicio es la oralidad conforme al art. 333 del Código de Procedimiento Penal cuya parte in fine establece que las resoluciones del tribunal durante la audiencia se dictarán verbalmente quedando notificados todos por su pronunciamiento. En este caso, las resoluciones cuya nulidad se solicita, fueron pronunciadas de forma oral, en audiencia pública de 7 de diciembre de 2010 de la que da fe el registro audiovisual cuyo contenido hace constar el día y horas de su celebración y la conformación del Tribunal