Al margen de todo ello, también denunció las irregularidades cometidas por la juez a quo,
Al margen de todo ello, también denunció las irregularidades cometidas por la juez a quo, teniendo incluso que iniciarse una pericia documentológica de la copia original del memorial de apelación donde cursa el sello de la citada jueza, la misma que denunció la falsedad del sello de recepción del Juzgado 2º Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario, porque la autoridad jurisdiccional declaró la ejecutoria de la sentencia, bajo pretexto de que el memorial de apelación no se encontraría en su juzgado y que ese sello sería falso, empero, dicho memorial se encontraba en el juzgado y se justificó un entrepapelamiento, razones que conllevaron a la emisión del Auto de Vista Res. Nº 78/2009 de 29 de julio de 2009 que confirmó el Auto Interlocutorio Definitivo emitido en fecha 15 de enero de 2009, cursante a fs. 806 a 807 del proceso y fs. 81 y vta., del cuaderno de compulsa
- PARTES: Banco Central de Bolivia c/ Sala Social Tercero de la R
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO: Que Roberto Villarroel Barrero y otros, en representación legal del Banco Central de Bolivia,
- La entidad bancaria formula apelación contra dicho auto interlocutorio y el tribunal de alzada mediante
- Al margen de todo ello, también denunció las irregularidades cometidas por la juez a quo,
- Por lo expuesto precedentemente, la entidad compulsante refirió que al ser éste un Auto Interlocutorio
- Concluyó solicitando se declare legal la compulsa y en consecuencia se libre provisión compulsoria para
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de compulsa, está abierto para determinar si la negativa de la
- Que según prevé el art
- Complementariamente a lo anotado, el Tribunal de apelación, solo puede negar el recurso de casación
- CONSIDERANDO: Que en consecuencia, corresponde verificar la certeza de tal hecho a efectos de declarar
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- De lo expuesto, se concluye que el tribunal de alzada, al rechazar el recurso de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Esteban Miranda Terán
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
