Auto Supremo AS/0053/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0053/2010

Fecha: 26-Feb-2010

Que según prevé el art


Que según prevé el art. 283 del Código Adjetivo Civil aplicable a la materia, el recurso de compulsa procede en los siguientes casos:

1.- Por negativa indebida del recurso de apelación;

2.- Por haberse concedido la apelación sólo en el efecto devolutivo, debiendo ser en el suspensivo; y

3.- Por negativa indebida del recurso de casación