Auto Supremo AS/0070/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0070/2010

Fecha: 08-Mar-2010

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4.- Valoración defectuosa de la prueba conforme establece el art. 370-6) del Código de Procedimiento Penal, al no valorarse con objetividad la prueba confundiendo nombres, términos y lugares, además que las testificales de cargo son contradictorios, denuncia que no ha sido tomado en cuenta por el Tribunal de apelación; y que uno de los jueces ciudadanos no firmó la sentencia de primer grado e invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos Nos. 417 de 19 de agosto de 2003; 249 de 26 de abril de 2004 y 229 de 28 de marzo de 2007, indicando que en los mismos se relacionan los diferentes defectos mencionados y concluyósolicitando se revoque el Auto de Vista 14/2007