CONSIDERANDO: Que, a la conclusión de la sustanciación del juicio oral y contradictorio, el Tribunal
VISTOS: El recurso de casación de fs. 63 a 64, interpuesto por Alberto Achaica Ríos contra el Auto de Vista de 26 de mayo de 2007, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público por el delito de tráfico de sustancias controladas, tipificado por el art. 48 en relación al art. 33.m) de la Ley 1008, los antecedentes del proceso, el requerimiento fiscal; y
CONSIDERANDO: Que, a la conclusión de la sustanciación del juicio oral y contradictorio, el Tribunal de Sentencia en lo Penal 2do de Pando, pronunció Sentencia el 2 de marzo de 2007, por el cual declaró a Alberto Achaica Ríos autor y culpable de la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inciso m) de la Ley 1008, condenándole a 10 años de presidio en la cárcel de Villa Busch más 500 días de multa a razón de un boliviano por día, costas, daños y perjuicios al Estado; el imputado en derecho recurrió de apelación restringida contra dicho fallo, el mismo que fue declarado improcedente por Auto de Vista de 26 de mayo de 2007, emitido por la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando
- PARTES: Ministerio Público c/ Alberto Achaica Ríos
- Tráfico de Sustancias Controladas
- MINISTRA RELATORA: Dra. Ana María Forest Cors
- CONSIDERANDO: Que, a la conclusión de la sustanciación del juicio oral y contradictorio, el Tribunal
- CONSIDERANDO: Que, el imputado Alberto Achaica Ríos en tiempo hábil y oportuno recurrió del mencionado
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- CONSIDERANDO: Que, del análisis y cotejo del recurso de casación se llega a la siguiente
- 2- Si bien uno de los jueces ciudadanos no firmó la sentencia de primer grado,
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
