Auto Supremo AS/0076/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0076/2010

Fecha: 18-Mar-2010

En la especie, de la revisión de obrados se establece, si bien el tribunal de


En la especie, de la revisión de obrados se establece, si bien el tribunal de alzada, concedió el recurso de casación mediante auto de 8 de febrero de 2006 (fs.191), tomando en cuenta sólo la casación de la empresa demandada, sin considerar que el actor mediante su apoderado también planteó recurso de casación como se tiene señalado precedentemente, el que no se corrió el correspondiente "traslado" a la parte contraria, tampoco hacen referencia alguna y menos se expone las razones por las que no consideró pertinente concederlo, aspecto que en sus efectos limita la competencia de este Tribunal para considerar ese recurso y atenta contra los derechos del recurrente al legítimo derecho a la defensa consagrado en el art. 16-II de la anterior C.P.E. y contenida en los arts. 14-III y 115-II de nuestra actual Ley Fundamental; por una parte y, por otra, restringe al demandado la posibilidad de responder el mismo en la forma que considere conveniente a sus intereses., ya que el recurso de casación se equipara a una demanda nueva de puro derecho, como lo ha reiterado siempre nuestra jurisprudencia , consiguientemente que el recurso sea puesto en conocimiento del otro litigante para que pueda contestarlo e impugnarlo, es una manifestación del derecho a la defensa