Que, contra el indicado auto de vista (fs
Que, contra el indicado auto de vista (fs.177-178) la Institución demandada por medio de su representante Ferdy Auza Raya interpone recurso de nulidad, quien en base a los fundamentos expuestos en el memorial de fs.(181-185), impetra se dicte auto anulatorio disponiendo que se dicte Auto Supremo casando el auto de Vista y deliberando en el fondo declare improbada la demanda
- AUTO SUPREMO Nº 76 - Social Sucre, 18 de marzo de 2010
- CONS IDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 2do del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, a instancia del demandante, por auto de vista de 3 de
- Dicho fallo motivó que la Juez de Partido 2do
- A fs
- Que, contra el indicado auto de vista (fs
- A su vez, el actor por intermedio de su apoderado, a tiempo de responder la
- CONSIDERANDO II: Que, en ejercicio de la facultad conferida por el art
- En la especie, de la revisión de obrados se establece, si bien el tribunal de
- En efecto, el vicio advertido contraviene no sólo lo dispuesto en el art
- Consiguientemente, corresponde dar cumplimiento al art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 18 de marzo de 2010
- Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.
