EN LA FORMA
Que contra el Auto de Vista referido la institución demandada, interpuso recurso de casación en la forma y en el fondo conforme consta a fs.198-200 y vta., manifestando:
EN LA FORMA:
Pidió, la nulidad procesal por incumplimiento del acuerdo de Sala Plena de la Exma. Corte Suprema de Justicia de 11 de octubre de 1995, art. 16 de L.O.J., 180, 181 y 182 del Cód. Pdto. Civ., 105 y siguientes de la L.G.T., toda vez que en obrados no existe proveído o acta alguna, que acredite haberse celebrado audiencia de conciliación aspecto que vicia el trámite del proceso
- PARTES: Oscar Vargas Banegas c/ Empresa Constructora Bartos S.A
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por la empresa recurrente, por Auto de Vista Nº 509
- EN LA FORMA
- Asímismo solicitó la nulidad de la Sentencia de fs
- EN EL FONDO
- Finalmente, alega que los beneficios sociales fueron calculados en forma ilegal, arbitraria, exorbitante, irreal, bajo
- Concluyó solicitando se anulen obrados hasta el vicio mas antiguo, o en su defecto se
- Recurso de Casación en la Forma
- Sobre este punto corresponde señalar que el art
- Con referencia a la denuncia de incumplimiento del art
- Finalmente respecto a la vulneración del art
- Recurso de casación en el fondo
- En consecuencia al no haberse violado las normas legales invocadas en el recurso y por
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
