Auto Supremo AS/0088/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0088/2010

Fecha: 15-Abr-2010

En la misma forma, en la Convención Interamericana sobre Extradición, firmada en Montevideo el 26


En la misma forma, en la Convención Interamericana sobre Extradición, firmada en Montevideo el 26 de diciembre de 1933, de la cual son parte tanto Chile como Bolivia, a través de sus artículos 1º y 3º numeral 1), los Estados Partes se obligan a entregar, a solicitud de otros Estados Partes, a personas requeridas judicialmente para procesarlas, así como a personas procesadas, declaradas culpables o condenadas a cumplir una pena de privación de libertad en aquellos Estados Partes que lo solicitan. De la misma forma, establece que procede la extradición por delitos que, al momento de la infracción, estén previstos y sancionados con pena privativa de libertad de dos años como mínimo, tanto en el País requirente como en el requerido