El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal
El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal manera que no puede suplir de oficio las omisiones, imprecisiones o impericias en que incurre un recurrente; en consecuencia, al no haber cumplido los recurrentes con la carga legal prevista, se encuentra impedido de abrir su competencia para conocer los recursos intentados, en este punto, al que se castiga conforme los arts. 271 num. 1) y 272 num. 2) del Código de Procedimiento Civil
- CONSIDERANDO: Que, el Juez Séptimo de Partido en materia Civil y Comercial de la ciudad
- Deducida la apelación por Daniel Aranibar Talavera en representación de Pan Andean Resources PLC Bolivia,
- CONSIDERANDO: Que, coincidentemente Marcelo Paz Navajas (fs
- CONSIDERANDO: Que, del análisis y cotejo de los recursos de casación "en cuanto a la
- En el contexto establecido precedentemente, los recursos de "casación en el fondo" y "casación en
- En la especie, los recurrentes omitieron precisar las causales de casación en el fondo, enumeradas
- El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal
- II
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Proveído.- Amelia J. Mújica Santalla- Secretaria de Cámara de la Sala Civil
- Libro Tomas de Razón 1/2010
