Auto Supremo AS/0109/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0109/2010

Fecha: 29-Abr-2010

a)


a).- Cabe señalar que Eufronio Gonzáles Arévalo fue acusado formalmente por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de homicidio, sancionado en el artículo 251 del Código Penal que dispone "El que matare a otro, será sancionado con presidio de cinco a veinte años", (fojas 9 vuelta) y por la querellante Cirila Rodríguez de Rojas, hija de la fallecida e hijastra del imputado, por la supuesta comisión del delito de asesinato, previsto en el artículo 252 numeral 2) del mismo cuerpo legal que dice: "Será sancionado con la pena de presidio de treinta años, sin derecho a indulto el que matare por motivos fútiles o bajos (fojas 14)