Auto Supremo AS/0116/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0116/2010

Fecha: 09-Abr-2010

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3.- Por ello en virtud de la interpretación contextualizada y armónica del art. 83 de la Resolución Secretarial Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997 (Manual de Calificaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición), respecto del D.S. Nº 27543, se establece que todas las normas de este último, son aplicables en su integridad al caso presente, porque si bien el art. 18 del indicado decreto, determina que: "Para fines de certificación de aportes para la determinación de montos de compensación de cotizaciones por procedimiento manual, se podrán utilizar las modalidades establecidas en los arts. 13, 16 y 17 del presente Decreto Supremo." (sic), el art. 16 del mismo cuerpo legal, remite su aplicación al art. 14 de aquél, consiguientemente, no existe prohibición alguna que establezca que la utilización de documentos supletorios que cursan en el expediente, sea únicamente utilizado para el Sistema de Reparto, interpretación que unilateralmente fue adoptada por el SENASIR, sin observar que el mismo decreto supremo, puede ser aplicado en los trámites de Compensación de Cotizaciones