Auto Supremo AS/0116/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0116/2010

Fecha: 09-Abr-2010

Por eso considera que se incurrió en violación el art


Por eso considera que se incurrió en violación el art. 1311 del Cód. Civ, porque se asigno validez a documentos supletorios, sin tomar en cuenta que es inadmisible en los trámites de compensación de cotizaciones la aplicación del art. 14 del D.S. Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, conforme determina puntualmente el art. 18 de la misma norma