Auto Supremo AS/0121/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0121/2010

Fecha: 12-Abr-2010

Esta realidad no fue de conocimiento de la entidad gestora sino hasta cuando Lidia Calderón


Esta realidad no fue de conocimiento de la entidad gestora sino hasta cuando Lidia Calderón se apersona dentro de la presente causa (1º de septiembre de 2004) quien con base al testimonio de declaratoria de herederos de fs. 17-18 cuestiona y se opone que Balvina Quiroz Argollo reciba el beneficio de renta de viudedad, porque considera que ella debe ser la beneficiaria de dicha renta, ante tal circunstancia, la Administración no obstante haber otorgado a ésta última renta de viudedad y orfandad por Resolución Nº 009779 de 17 de agosto de 2004, procedió a suspender el primero de los beneficios, rehabilitando la renta única de orfandad y redistribución del porcentaje absoluto de la renta de orfandad equivalente al 22,50% para cada uno de los hijos hasta que cumplan 19 años de edad en Bs. 864,40 a partir del mes de enero de 2005, conforme se acredita por la Resolución Nº 013541 de 15 de julio de 2005