Auto Supremo AS/0146/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0146/2010

Fecha: 10-Abr-2010

Que, el recurso de casación interpuesto por el procesado Mario Ardaya Catalán, no cumple con


Que, el recurso de casación interpuesto por el procesado Mario Ardaya Catalán, no cumple con los requisitos exigidos por el art. 301 del Código de Procedimiento Penal, concordante con el art. 258 inc. 2) del Código de Procedimiento Civil, exigencias procesales que al ser incumplidas impiden se abra la competencia del Tribunal Supremo. De la lectura del recurso se establece que el recurrente no diferencia el recurso de nulidad y el de casación, cuyas causales están establecidas en los arts. 297 y 298 del Código de Procedimiento Penal; en efecto, se interpone recurso de casación, sin especificar qué normas adjetivas han sido vulneradas y como debían ser aplicadas, no se cita ninguna ley como infringida, limitándose a realizar una argumentación en relación a la extinción de la acción penal; por lo que no existe base legal para que el Tribunal de casación pueda pronunciarse; defectos procesales que no pueden subsanarse de oficio, máxime si de conformidad con la doctrina y la jurisprudencia nacional, los recursos de nulidad o de casación se asemejan a una demanda nueva de puro derecho, debiendo interponérselo cumpliendo con todos los requisitos exigidos por ley, lo que determina la aplicación del inc. 1) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal