CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, luego de ser presentada la demanda de fs
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VISTOS: Los recursos de Casación y de Nulidad o Casación de fs. 143-144 y fs. 150-151, interpuestos, el recurso de Casación, por GONZALO MENDIZABAL AGUAYO representante de la SOCIEDAD DE INVERSIONES GITANE LTDA. y, el recurso de Nulida o Casación interpuesto, por JUAN CARLOS MAMANI PIZO, por el y en representación de sus poderdantes ROSARIO CORDOVA DE RUIZ, MANUELA VEJARANO DE CASTEDO, MONICA CANQUE MAMANI, IVAN QUISPE CANQUI, y JENY ALICIA BELLOT JIMENEZ, recursos interpuestos contra el Auto de Vista No. 117/2006 de fs.139-140 pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso social de pago de beneficios sociales seguido por este último recurrente por el y sus apoderados contra la SOCIEDAD DE INVERSIONES GITANE LTDA, sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, lo alegado por las partes, y;
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, luego de ser presentada la demanda de fs. 53-54, la ampliación de fs. 59 la Jueza de Partido Primero del Trabajo y Seguridad Social de cochabamba expide la Sentencia de fs. 110-114, declarando PROBADA EN PARTE la demanda en lo que respecta al pago e indemnización por tiempo de servicios e Improbada la Excepción Perentoria de Pago y Probada la excepción perentoria de Prescripción en lo que respecta a ROSARIO ANSELMA CORDOVA DE RUIZ, IVAN QUISPE CANQUI Y JENY ALICIA BELLOT JIMENEZ, disponiendo el Pago para MONICA CANQUI MAMANI, JUAN CARLOS MAMANI PIZO, Y MANUELA VEJARANO DE CASTEDO y por consiguiente el pago de los derechos sociales reclamados
- AUTO SUPREMO Nº 167 - Social Sucre, 20 de abril de 2010
- PARTES: Juan Carlos Mamani Pizo y otros c/ Sociedad de Inversiones GITANE Ltda
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, luego de ser presentada la demanda de fs
- Apelada la sentencia por GONZALO MENDIZABAL AGUAYO representante de la SOCIEDAD DE INVERSIONES GITANE LTDA
- Este fallo motivó que ambas partes intervinientes en el proceso, interpongan los recursos de Casación,
- Por su parte, el demandante JUAN CARLOS MAMANI PIZO y apoderado de ROSARIO CORDOVA DE
- CONSIDERANDO II: Que así planteados ambos recursos de puro derecho, se ingresa a su análisis
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- CONSIDERANDO II: Que en consecuencia, resultando no evidentes las infracciones atacadas en los recursos de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, con
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.
