Auto Supremo AS/0194/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0194/2010

Fecha: 27-Abr-2010

TERCERA: El razonamiento de los puntos precedentes permiten a este Tribunal afirmar que, en la


TERCERA: El razonamiento de los puntos precedentes permiten a este Tribunal afirmar que, en la litis, el Tribunal de Alzada al declarar improcedentes las cuestiones planteadas en el Recurso de Apelación Restringida y confirmar la Sentencia Absolutoria del A-quo, circunscribió su accionar conforme a las previsiones contenidas en los arts. 398 y 413 del Código de Procedimiento Penal, al comprobar que aquella autoridad jurisdiccional dio cumplimiento a las disposiciones de los arts. 124, 273, 359, para concluir que la conducta del imputado no se encontraba subsumida al tipo penal previsto en el art. 351 del Código Penal, resultando entonces que el recurso de casación carece de sustento legal