Por otra parte, se ha demostrado que los otros dos demandantes, formaban parte de la
Por otra parte, se ha demostrado que los otros dos demandantes, formaban parte de la planta ejecutiva de la empresa y que por ello, no eran acreedores a dicho incremento anual, salvo que se hubiese pactado en forma directa con sus empleadores ese incremento, circunstancia que no se dio
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- PARTES: Rubén Dario Rocha Alvisuri / Cerveceria Boliviana Nacional S.A
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Sexto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulado por el apoderado de los demandantes (fs
- Estos fallos motivaron el recurso de casación en el fondo y en la forma interpuesto
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- CONSIDERANDO II: Que, así formulado el recurso, previo análisis de los antecedentes del expediente, se
- Por otra parte, se ha demostrado que los otros dos demandantes, formaban parte de la
- No puede alegarse la violación de la supremacía constitucional y la irrenunciabilidad de los derechos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
- Se regula el honorario del profesional abogado en Bs
- Relator:Ministro Esteban Miranda Terán
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
