Auto Supremo AS/0157-A/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0157-A/2010

Fecha: 21-May-2010

En este marco, el artículo 154-1) del Código de Procedimiento Penal, señala que es atribución


En este marco, el artículo 154-1) del Código de Procedimiento Penal, señala que es atribución de la Corte Suprema de Justicia de Bolivia, el ordenar la detención preventiva del extraditable por un plazo máximo de seis meses, siempre que se acredite la existencia de una sentencia condenatoria o resolución judicial de detención