Finalmente es menester manifestar que los incisos contenidos en el art
Finalmente es menester manifestar que los incisos contenidos en el art. 273 del Cód. Pdto. Civ., no pueden ser vulnerados, por cuanto constituyen causales que hacen a la procedencia del recurso de casación en el fondo, sobre los que el recurrente puede invocarlos para hacer valer sus reclamos ante el tribunal de casación cuando advierta que el tribunal de alzada incurrió en errores in judicando
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- PARTES: Gladys Mendoza Rojas c/ Maria Ramos de Torrico
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió
- En grado de apelación deducida por la parte demandada (fs
- Que contra la resolución de vista, la demandada interpone el recurso de casación de fs
- Alega también que haber reconocido el pago de aguinaldo y vacaciones, viola flagrantemente la Ley
- Como recurso de casación en la forma, solicita la nulidad de obrados porque considera que
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis en función de los
- Esta visión sobre la probanza de los hechos no se repite en otro tipo de
- La inversión probatoria en el que la carga de la prueba corresponde al empleador se
- Dicho esto, se advierte en la especie que la empleadora no demostró en el curso
- Asimismo no obstante de no contar con una fundamentación racional sobre la violación de la
- Finalmente es menester manifestar que los incisos contenidos en el art
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- Por todo lo relacionado precedentemente no resultan evidentes las infracciones acusadas, pues se advierte que
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas en aplicación del art
- Relator:Ministro Esteban Miranda Terán
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
