Auto Supremo AS/0236/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0236/2010

Fecha: 21-May-2010

CONSIDERANDO: Que, el Fiscal de Recursos mediante Requerimiento de 16 de julio de 2008, emitió


VISTOS: El Requerimiento Fiscal en sentido de no proceder a la extinción de la acción penal de fojas 813, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Maria Isabel Urquizo Aruni, Jaime Enrique Gómez Torrico, Maria Inés Montecinos Vargas y Sonia Maraza Solares, por los delitos de Tráfico de Sustancias Controladas, Asociación Delictuosa y Confabulación, previstos y sancionados por los artículos 53 y 48 con relación al inciso "m" del artículo 33, de la Ley 1008, sus antecedentes, y;

CONSIDERANDO: Que, el Fiscal de Recursos mediante Requerimiento de 16 de julio de 2008, emitió criterio en sentido de que existe un Auto de Vista de 2 de septiembre de 2006, emitido por La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito de Cochabamba, que rechazó la solicitud de extinción de la acción penal, contra el cual no procede ningún recurso, por lo que no hay nada que requerir ni pronunciarse al respecto; Requerimiento éste que no tomó en cuenta que dicha resolución referente al incidente de extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo no causa estado, tornándose en obligación del órgano jurisdiccional pronunciarse al respecto, transcurrido un tiempo razonable desde ese entonces, sea de oficio o a petición de parte y en otra instancia