El Tribunal Supremo, es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal
El Tribunal Supremo, es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal manera que no puede suplir de oficio las omisiones, imprecisiones o impericias en que incurre un recurrente; en consecuencia, al no haber cumplido el recurrente con la carga legal prevista, se encuentra impedido de abrir su competencia para conocer el recurso intentado, sobre este punto
- Auto Supremo: N° 191 Sucre: 11 de Junio de 2010
- Expediente: N° 192 - 07 - S
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- En apelación deducida por el demandado Juan Eli Gutiérrez Meléndez, la Sala Civil Tercera de
- CONSIDERANDO: Que, el demandado Juan Eli Gutiérrez Meléndez, en su recurso de casación en el
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- En el contexto establecido precedentemente, los recursos de "casación en el fondo" y "casación en
- Así, corresponde señalar que, cuando se plantea el recurso de casación en el fondo se
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- En la especie, sobre este punto en particular, el recurrente no difiere la naturaleza de
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- Sin embargo, se debe precisar que dicha posición es válida únicamente cuando se trata de
- Que, en el caso sub lite, las resoluciones de instancia determinaron la cantidad del monto
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 1/2010
