Auto Supremo AS/0195/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0195/2010

Fecha: 11-Jun-2010

A lo expuesto, debemos añadir que la recurrente tampoco cumplió con la carga procesal impuesta


A lo expuesto, debemos añadir que la recurrente tampoco cumplió con la carga procesal impuesta por el artículo 258.2) del Adjetivo citado, toda vez que no citó ni anunció la vulneración, violación, aplicación indebida o interpretación errónea de alguna norma que constituye el sustento de las resoluciones de instancia, es mas de forma grosera funda su pretensión en los artículos 250 y 253 -3) del Código de Procedimiento Penal, normativa penal que no tiene ninguna relación con el recurso planteado