Auto Supremo AS/0195/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0195/2010

Fecha: 11-Jun-2010

En virtud a esta diferenciación de la acción extraordinaria en análisis, la resolución que se


En virtud a esta diferenciación de la acción extraordinaria en análisis, la resolución que se pronuncie también adopta una forma específica y diferenciada, así, cuando se plantea en el fondo, lo que se pretende es que el Auto de Vista se case, conforme establecen los artículos 271.4) y 253 del Código de Procedimiento Civil, y cuando se plantea en la forma la intención es la nulidad de obrados, con o sin reposición, conforme establecen los artículos 271.3) y 275 del mismo cuerpo legal, siendo comunes a ambos recursos las formas de resolución por improcedente o infundado