Auto Supremo AS/0325/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0325/2010

Fecha: 22-Jul-2010

Por lo que acusa la prescripción del derecho a la prima de la gestión 2003,


Por lo que acusa la prescripción del derecho a la prima de la gestión 2003, aduciendo que los beneficios sociales prescriben a los dos años de haber nacido estos derechos, o sea que si la parte actora no reclamó en ese periodo de tiempo lo adeudado, perdió su derecho a pedirlo en juicio, conforme lo prevé el art. 120º de la L.G.T., concordante con los arts. 163º y 164º del su D.R. y mencionando el A.S. Nº 117 de 360/7/1977; por lo que existe un cálculo erróneo en lo correspondiente al pago de la prima por la gestión 2003, adeudándose únicamente las gestiones 2004 y parte de la 2005