3
3.- Corresponde dejar establecido que en materia del derecho del trabajador la prescripción de derechos sociales tiene un carácter eminentemente protectivo, procurando que los mismos sean afectados en lo menor posible, de ahí es que es doctrina aceptada que cualquier acto del trabajador que tenga por finalidad reclamar sus derechos aunque sea a autoridad incompetente, ciertamente interrumpe el plazo de la prescripción
- PARTES: Simón Aramayo c/ Prefectura del Departamento de Tarija
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por la parte demandante, la Sala Social y Administrativa de
- Que contra la resolución de vista, Juan Aramayo Aramayo, en representación de Simón Aramayo, interpone
- Concluye solicitando la casación del auto de vista y que en correcta aplicación de justicia
- CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso, de la revisión de los antecedentes procesales, se
- 2
- 3
- En la especie el derecho a reclamo sobre las vacaciones fraccionadas que solicita el recurrente
- 4
- Consiguientemente, corresponde resolver el recurso planteado en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas en aplicación del art
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
