Asimismo, corresponde señalar que cuando se plantea el recurso de casación en el fondo se
Asimismo, corresponde señalar que cuando se plantea el recurso de casación en el fondo se deben circunscribir los hechos denunciados a las causales de procedencia establecidas por el artículo 253 del Código de Procedimiento Civil, destacando que si se pretende una nueva valoración y apreciación de la prueba él, o los recurrentes tienen la obligación de acreditar la existencia de error de hecho o de derecho en su apreciación, toda vez que ésta es una atribución privativa de los juzgadores de instancia incensurable en casación. En tanto que si se plantea en la forma, debe adecuarse la acción extraordinaria a las causales de procedencia establecidas por el artículo 254 del Adjetivo Civil citado
- Auto Supremo: Nº 263. Sucre: 16 de Agosto de 2010
- Expediente: Nº 59 - 06 - S
- Distrito: Santa Cruz
- Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS: El recurso de casación de fojas 451 a 453, interpuesto por Walter Salazar Melgar
- A consecuencia del fallo aludido, los demandados por memorial de fojas 451 a 453, recurrieron
- CONSIDERANDO: Que, la abundante jurisprudencia sentada por este Tribunal estableció que el recurso de casación
- En ese orden, la finalidad del recurso de casación en el fondo es la de
- Asimismo, corresponde señalar que cuando se plantea el recurso de casación en el fondo se
- En virtud a esta diferenciación de la acción extraordinaria en análisis, la resolución que se
- CONSIDERANDO: En la especie, los recurrentes no cumplieron con la carga procesal anteriormente descrita pues,
- A lo expuesto, debemos añadir que los recurrentes tampoco cumplieron con la carga procesal impuesta
- Del mismo modo, se puede constatar que los recurrentes no cumplieron con la carga procesal
- Por lo expuesto, resulta evidente la inobservancia de la adecuada técnica en la interposición del
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2010
