Auto Supremo AS/0278/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0278/2010

Fecha: 24-Ago-2010

Por las razones expuestas, se advierte que los Tribunales de instancia al haber declarado probada


Por las razones expuestas, se advierte que los Tribunales de instancia al haber declarado probada la demanda de reconocimiento de legítimo derecho propietario e improbada la demanda reconvencional de reconocimiento de derecho de posesión y otros, no han violado las normas acusadas por la parte recurrente y han valorado la prueba en sujeción a lo previsto por los artículos 1286 del Código Civil y 397 de su Adjetivo, correspondiendo en consecuencia fallar en la forma prevista por el artículo 271-2) del Código de Procedimiento Civil